Artículo tercero.
Artículo tercero del Decreto 2500/1960, de 29 de diciembre, por el que se crea el Servicio Nacional de Control de la Circulación Aérea. · BOE-A-1961-943
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1961-02-06.
Texto consolidado
Todas las aeronaves, cualquiera que sea su clase o nacionalidad, que sobrevuelen el espacio aéreo de soberanía y el asignado a España por la O.A.C.I. están obligadas a cumplir, cerca del Servicio Nacional de Control de la Circulación Aérea, las normas que establece el Reglamento de Circulación Aérea.