Artículo sexto.
Artículo sexto del Real Decreto-ley 6/1978, de 6 de marzo, por el que se regula la situación de los militares que tomaron parte en la guerra civil. · BOE-A-1978-6473
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-03-07.
Texto consolidado
A las viudas y huérfanos del personal comprendido en el artículo primero se les concede derecho a pensión con arreglo a sueldo regulador que hubiera correspondido conforme a este Real Decreto-ley, a los causantes del mismo, en el momento de su fallecimiento.