Artículo sexto.
Artículo sexto del Real Decreto 401/1979, de 13 de febrero, por el que se regulan las denominaciones y la publicidad de los Centros docentes no estatales. · BOE-A-1979-7044
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-03-28.
Texto consolidado
El otorgamiento de la autorización por el Ministerio de Educación y Ciencia supondrá la aceptación de la denominación específica que se propone, quedando siempre a salvo el mejor derecho de tercero.