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Real Decreto Derogada

Artículo sexto.

Artículo sexto del Real Decreto 3000/1979, de 7 de diciembre, sobre regulación de procesos industriales en el sector del aceite de oliva. · BOE-A-1980-1206

Atención: Real Decreto 3000/1979 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los productos destinados a emplearse en el tratamiento de los aceites exigen la previa autorización del Ministerio de Agricultura y la inscripción de los mismos en el Registro correspondiente, sin perjuicio, en su caso, de las competencias atribuidas al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social por la legislación vigente, tales como las correspondientes contempladas en el Decreto dos mil quinientos diecinueve/mil novecientos setenta y cuatro, de nueve de agosto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-02-07.

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