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Ley Vigente

Artículo setenta y tres.

Artículo setenta y tres de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque. · BOE-A-1985-14880

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-01.

Texto consolidado

El aceptante por intervención responde frente al tenedor de la letra y frente a los endosantes posteriores a la persona por cuya cuenta interviene, de la misma manera que le correspondería hacerlo formalmente a esta última.

La aceptación por intervención no priva a las personas por cuya cuenta se ha realizado y a las que garantizan a ésta del derecho a exigir del tenedor la entrega de la letra, del protesto y de la cuenta de resaca, con el recibí, si hubiere lugar, mediante reembolso de las cantidades señaladas en el artículo 58.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-01-01.

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