El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo setenta y seis.

Artículo setenta y seis del Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad General Judicial. · BOE-A-1979-2676

Atención: Real Decreto 3283/1978 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las incapacidades, lesiones permanentes no invalidantes y su revisión, serán declaradas por la Mutualidad General en procedimiento, con audiencia del interesado, al que aportarán los dictámenes o informes médicos de los servicios de la Mutualidad o de aquellos otros que ésta disponga.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-01-01.

Más artículos de Real Decreto 3283/1978

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 3283/1978 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.