Artículo sesenta y seis. Impuestos especiales.
Artículo sesenta y seis de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. · BOE-A-1984-28337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-01.
Texto consolidado
1. Se prorroga para 1985 lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984.
2. El tipo impositivo de 12 pesetas establecido en el punto 9 del artículo citado en el párrafo anterior se entenderá aplicable a la unidad «kilogramo», a efectos de cuantificación de la base.