El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo sesenta y ocho.

Artículo sesenta y ocho del Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad General Judicial. · BOE-A-1979-2676

Atención: Real Decreto 3283/1978 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La incapacidad laboral, en sus modalidades de temporal y permanente, consistirá en la falta o disminución de la integridad psicofísica del mutualista, con reflejo en la situación económico-profesional del funcionario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 3283/1978

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 3283/1978 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.