Artículo sesenta y cuatro. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Artículo sesenta y cuatro de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. · BOE-A-1984-28337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-01.
Texto consolidado
1. Se prorroga para el año 1985 lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984.
2. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley quedan exentas las transmisiones de vehículos usados con motor mecánico para circular por carretera cuando las adquisiciones que de ellas se deriven estén exentas del Impuesto de Lujo.
Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 177, de 25 de julio de 1985. Ref. BOE-A-1985-15512.