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Decreto Vigente

Artículo sesenta y cinco. Condiciones para ser beneficiario, contenido y fondo de la asistencia social.

Artículo sesenta y cinco del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. · BOE-A-1970-1000

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-10-05.

Texto consolidado

En las disposiciones de aplicación y desarrollo del presente Decreto se determinarán las condiciones para ser beneficiarlo de la asistencia social, el contenido de la misma y el fondo con cargo al cual ha de dispensarse.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-10-05.

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