Artículo séptimo.
Artículo séptimo de la Ley 32/1979, de 8 de noviembre, sobre el ferrocarril metropolitano de Madrid. · BOE-A-1979-27191
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-11-16.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministerio de Hacienda a conceder el aval del Estado a las emisiones de obligaciones que realice la Sociedad gestora del servicio durante los años mil novecientos ochenta, mil novecientos ochenta y uno y mil novecientos ochenta y dos. En ningún caso las cuantías de los referidos avales excederán en cada año de tres mil millones de pesetas.