Artículo séptimo.
Artículo séptimo del Decreto 702/1969, de 26 de abril, por el que se desarrolla lo establecido en la Ley 31/1968, de 27 de julio, sobre régimen de incompatibilidades de Altos Cargos de la Banca y determinación de límites en concesión de créditos. · BOE-A-1969-532
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-04-30.
Texto consolidado
Con independencia de las facultades que el Banco de España tiene atribuidas en orden a la inspección de las Entidades bancarias, podrá también, previa autorización en cada caso del Ministerio de Hacienda, inspeccionar las empresas que se presuma forman parte de un grupo de filiales, y a los solos efectos de los dispuesto en el articulado anterior.