Artículo segundo.
Artículo segundo del Real Decreto 1794/1982, de 9 de julio, por el que se establece el Código Postal para la clasificación de correspondencia. · BOE-A-1982-19813
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-08-23.
Texto consolidado
El Código Postal identificará zonas postales, provincias, capitales y ciudades importantes, áreas de distribución y distritos postales.