DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL del Real Decreto 1794/1982, de 9 de julio, por el que se establece el Código Postal para la clasificación de correspondencia. · BOE-A-1982-19813
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-08-23.
Texto consolidado
Uno. Se faculta al Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones para dictar las disposiciones necesarias en orden al desarrollo y cumplimiento de este Real Decreto, así como para fijar la fecha de entrada en vigor del Código Postal.
Dos. Se faculta, asimismo al Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones para someter a revisión el plan de introducción del Código Postal, en el caso de que la Administración juzgara de utilidad adaptar sus instalaciones de tráfico al progreso de la técnica o a los resultados que se obtengan con esta experiencia.