Artículo quinto.
Artículo quinto del Decreto 2950/1975, de 7 de noviembre, por el que se reorganiza el Consejo de Comercio Interior y de los Consumidores y se crea el Instituto Nacional del Consumo. · BOE-A-1975-24200
Atención: Decreto 2950/1975 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Secretario general del Instituto Nacional del Consumo tendrá a su cargo la Secretaría de su Consejo; la Jefatura administrativa de régimen interior y de personal del Organismo; la dirección técnica de sus servicios; la redacción de la Memoria anual y las demás funciones que se le encomienden por el Presidente.