El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Artículo quinto.

Artículo quinto del Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana. · BOE-A-1969-1252

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-11-16.

Texto consolidado

El cometido y funciones del Patronato, con independencia de los que reglamentariamente le corresponden de acuerdo con lo previsto al efecto en el apartado tercero del artículo ciento noventa y cinco del Reglamento de Montes, serán los de cooperar a la conservación y fomento del Parque, promoviendo la ejecución y mejora de vías de acceso, gestionando la concesión de los medios económicos precisos para que el Parque cumpla sus fines específicos; defendiendo las bellezas y particularidades del Parque con el fin de que éstas sean conocidas, admiradas y respetadas por todos los visitantes: realizando cuantas gestiones considere convenientes en favor del Parque; proponiendo al Consejo de Pesca Continental, Caza y Parques Nacionales cuantas medidas puedan ser beneficiosas para la integridad y mejora del Parque y velando por el más estricto cumplimiento del Reglamento, cuyo proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición anteriormente citada, deberá ser confeccionado por el propio Patronato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1969-11-16.

Más artículos de Decreto 2412/1969

En El Vínculo puedes leer Decreto 2412/1969 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.