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Real Decreto Vigente

Artículo primero.

Artículo primero del Real Decreto 2335/1980, de 10 de octubre, por el que se regula el uso de la Bandera de España y otras banderas y enseñas a bordo de los buques nacionales. · BOE-A-1980-23701

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-11-20.

Texto consolidado

Todos los buques y embarcaciones nacionales, mercantes, de pesca, deportivos y de recreo, de servicios portuarios, así como los artefactos flotantes, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, enarbolarán, como único pabellón, la Bandera de España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-11-20.

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