Artículo octavo.
Artículo octavo de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear. · BOE-A-1964-7544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1964-05-05.
Texto consolidado
La Junta de Energía Nuclear estará formada por el Presidente y el Consejo, auxiliados por una Comisión Ejecutiva, un Director general, los Directores de Departamento y un Secretario general técnico. Constará de los Departamentos, Divisiones, Secciones o Centros de trabajo que se estimen necesarios para el mejor cumplimiento de los fines y ejercicio de las facultades que corresponden a dicha Junta.