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Decreto Vigente

Artículo ocho.

Artículo ocho del Decreto 680/1974, de 28 de febrero, por el que se dispone el pago de haberes y retribuciones al personal en activo de la Administración del Estado y de los Organismos Autónomos a través de establecimientos bancarios o Cajas de Ahorro. · BOE-A-1974-473

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-04-07.

Texto consolidado

A partir de la aplicación del presente Decreto se considerarán extinguidas las obligaciones del Estado a que el mismo se refiere, desde el momento en que queden efectuadas las transferencias a las cuentas corrientes de los perceptores, o sean hechos efectivos los cheques nominativos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1974-04-07.

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