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Ley Vigente

Artículo noventa y ocho. Fijación de plantillas.

Artículo noventa y ocho de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. · BOE-A-1984-28337

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-01.

Texto consolidado

Hasta su incorporación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 1986, y en cumplimiento de los dispuesto en los artículos anteriores, los Reales Decretos de supresión y, en su caso, de creación a que se refiere la presente Ley, deberán fijar las respectivas plantillas de las Escalas de funcionarios y las correspondientes plantillas de personal laboral, sin perjuicio de la reasignación de efectivos que ulteriormente pueda resultar procedente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-01-01.

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