Artículo noveno.
Artículo noveno del Real Decreto 1545/1982, de 9 de julio, por el que se establece el procedimiento unificado para la concesión de créditos y avales del artículo cuarto de la Ley 21/1982, de 9 de junio, sobre medidas de reconversión industrial. · BOE-A-1982-17675
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-07-17.
Texto consolidado
La refinanciación de los créditos excepcionales concedidos al amparo de lo dispuesto en el artículo treinta y siete de la Ley doce/mil novecientos setenta y uno, de diecinueve de junio, con relación a las Empresas del sector siderúrgico no integral y de aceros comunes acogidos al Real Decreto novecientos diecisiete/mil novecientos ochenta y dos, de veintiocho de marzo, se efectuará para cada Empresa por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos quien fijará, además, sus condiciones.