Artículo décimo.
Artículo décimo del Real Decreto 1545/1982, de 9 de julio, por el que se establece el procedimiento unificado para la concesión de créditos y avales del artículo cuarto de la Ley 21/1982, de 9 de junio, sobre medidas de reconversión industrial. · BOE-A-1982-17675
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-07-17.
Texto consolidado
Los créditos excepcionales concedidos al amparo de lo dispuesto en el artículo treinta y siete de la Ley trece/mil novecientos setenta y uno, de diecinueve de junio, para la financiación de inversiones a que se refiere el artículo once punto dos del Real Decreto ochocientos setenta y ocho/mil novecientos ochenta y uno, de ocho de mayo, se instrumentará en las mismas condiciones señaladas en el artículo tercero del presente Real Decreto.