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Decreto Vigente

Artículo noveno.

Artículo noveno del Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, por el que se establece la obligación de consignar en toda clase de libros y folletos el número ISBN. · BOE-A-1972-1582

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-11-24.

Texto consolidado

Tanto el número de Depósito Legal como el del ISBN figurarán en la misma hoja de impresión, debiendo consignarse en el reverso de la portada o de la anteportada de la obra, sin cuyo requisito no será admitida al Depósito Legal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1972-11-24.

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