El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo diez. Liquidación.

Artículo diez de la Ley 84/1978, de 28 de diciembre, por la que se regula la tasa por expedición del Documento Nacional de Identidad. · BOE-A-1979-867

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-01.

Texto consolidado

Las tasas que hayan de satisfacerse en cada caso particular serán liquidadas por el funcionario competente y notificadas por escrito a la persona obligada al pago al tiempo de hacerle entrega del impreso de solicitud del documento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-02-01.

Más artículos de Ley 84/1978

En El Vínculo puedes leer Ley 84/1978 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.