Artículo noveno. Administración.
Artículo noveno de la Ley 84/1978, de 28 de diciembre, por la que se regula la tasa por expedición del Documento Nacional de Identidad. · BOE-A-1979-867
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-01.
Texto consolidado
La gestión directa y efectiva de la tasa objeto de la presente Ley se atribuye al Ministerio del Interior.