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Decreto Vigente

Artículo diez. Indemnización a tanto alzado sustitutiva de pensión en incapacidad permanente total.

Artículo diez del Decreto 1646/1972, de 23 de junio, para la aplicación de la Ley 24/1972, de 21 de junio, en materia de prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social. · BOE-A-1972-944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-06-28.

Texto consolidado

El Ministerio de Trabajo regulará los supuestos y las condiciones en que la pensión por incapacidad permanente total podrá ser sustituida, excepcionalmente, por la indemnización a tanto alzado prevista en el número tres del artículo once de la Ley veinticuatro/mil novecientos setenta y dos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1972-06-28.

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