Artículo decimocuarto.
Artículo decimocuarto del Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y de funcionamiento de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria séptima de su Estatuto de Autonomía. · BOE-A-1982-13481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-06-05.
Texto consolidado
Para el eficaz cumplimiento de sus funciones la Comisión Mixta podrá reclamar por conducto reglamentario de los diferentes Ministerios, Centros, Organismos Autónomos y dependencias administrativas la documentación e informes que sean necesarios para tomar los acuerdos de traspaso y consignar en los mismos los extremos referidos en el artículo séptimo. Asimismo, podrá delegar en alguno de sus Vocales la práctica de las actuaciones o diligencias que considere precisas para llevar a cabo su cometido.
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