El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Derogada

Artículo cincuenta y seis.

Artículo cincuenta y seis de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar. · BOE-A-1985-25779

Atención: Ley Orgánica 13/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El militar que, por razón de su cargo, comisión o servicio, tuviere en su poder o conociera oficialmente documentos, objetos o información legalmente clasificada o relativa a la seguridad o defensa nacional, y por imprudencia diera lugar a que sea conocida por persona no autorizada o fuera divulgada, publicada o inutilizada, será castigado con la pena de tres meses y un día a tres años de prisión.

Al español que en tiempo de guerra cometiera este delito se le impondrá la pena de prisión de uno a seis años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-01.

Más artículos de Ley Orgánica 13/1985

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 13/1985 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.