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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo ciento treinta y siete. Aceptación de la herencia.

Artículo ciento treinta y siete de la Ley 15/1967, de 8 de abril, sobre compilación del Derecho civil de Aragón. · BOE-A-1967-5590

Atención: Ley 15/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los menores de edad mayores de catorce años pueden aceptar por sí una herencia, pero no repudiarla.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-06-12.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1985-13416.

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