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Ley Derogada

Artículo ciento trece. Situación de pendencia.

Artículo ciento trece de la Ley 15/1967, de 8 de abril, sobre compilación del Derecho civil de Aragón. · BOE-A-1967-5590

Atención: Ley 15/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Mientras el fiduciario no haya cumplimentado totalmente el encargo recibido, la administración y disposición de los bienes pendientes de asignación se regirá por las normas de la comunidad hereditaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-05-01.

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