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Ley Derogada

Artículo 99. Gestión de los patrimonios públicos de suelo.

Artículo 99 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo. · BOE-A-2014-6438

Atención: Ley 2/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La gestión de los patrimonios públicos de suelo comprende todas las facultades necesarias para asegurar el cumplimiento de las finalidades previstas en el artículo 97 de esta ley. Cuando en un mismo municipio haya terrenos del patrimonio público de suelo pertenecientes a diferentes administraciones por su gestión se establecerán vías adecuadas de colaboración interadministrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-29.

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