Artículo 98. Representación de entidades locales menores.
Artículo 98 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-11729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-14.
Texto consolidado
Las entidades locales menores de municipios que formen parte de una mancomunidad podrán tener representación en los órganos de gobierno de la misma, con voz pero sin voto.