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Ley Foral Derogada

Artículo 97. Infracciones administrativas y sujetos responsables.

Artículo 97 de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1

Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se consideran infracciones administrativas las acciones u omisiones de las personas responsables, tipificadas en este título, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.

2. Son sujetos responsables las personas físicas o jurídicas a las que sean imputables las acciones u omisiones constitutivas de infracciones tipificadas en esta Ley Foral.

3. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-03.

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