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Orden Vigente

Artículo 96. De la designación de los profesores tutores.

Artículo 96 de la Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes. · BOE-A-2021-520

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

Texto consolidado

1. Los profesores tutores serán designados, para un tiempo no inferior a un período o curso académico, por el Subdirector Jefe de Estudios, previo asesoramiento de los jefes de departamento y del Gabinete de Orientación Educativa. De igual modo se procederá cuando concurran las causas de cese enumeradas en el artículo 92, si bien la duración de la designación lo será por el tiempo restante de ese período o curso académico.

2. En el Plan de Acción Tutorial se establecerán los criterios y procedimientos para la sustitución temporal de los profesores tutores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

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