Artículo 96. Actas de conformidad con la normativa turística.
Artículo 96 de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. · BOE-A-2011-3179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-02.
Texto consolidado
Cuando el personal técnico de la inspección de turismo considere que no se observan en la inspección hechos o comportamientos que pudieran ser contrarios a la regulación turística, lo harán constar mediante levantamiento de Acta de conformidad con la normativa turística, que se ajustará en todo caso a lo dispuesto en el artículo 94.