Artículo 96. Principios de relación.
Artículo 96 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja. · BOE-A-2003-5909
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-06-11.
Texto consolidado
1. Las relaciones entre la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las entidades locales riojanas estarán basadas en los principios de lealtad institucional, coordinación, cooperación, asistencia e información mutua y respeto de los ámbitos competenciales respectivos con la finalidad de alcanzar la mayor eficacia en la gestión administrativa al servicio de los ciudadanos.
2. Las entidades locales articularán y potenciarán sus relaciones mutuas a través de la cooperación y la colaboración al objeto de alcanzar una mayor eficacia y rentabilidad en la gestión de sus respectivos intereses.