Artículo 95. Principio de separación entre el contenido editorial y el publicitario.
Artículo 95 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. · BOE-A-2006-2452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-03.
Texto consolidado
1. La forma y la presentación de la publicidad y la televenta deben garantizar que los destinatarios no confunden el contenido editorial y el publicitario, de modo que ambos contenidos sean fácilmente identificables.
2. La separación preceptiva del contenido editorial y el publicitario puede ser temporal o espacial, mediante una señal visual o acústica, en función de la forma de publicidad utilizada y si se trata de servicios de difusión de televisión o radio.
3. El Consejo del Audiovisual de Cataluña debe establecer, mediante instrucción, los preceptos específicos y pertinentes en cuanto a la inclusión, la identificación y la colocación de espacios publicitarios en televisión y radio, al efecto del cumplimiento del principio de separación entre el contenido editorial y el publicitario.