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Ley Vigente

Artículo 95. Prescripción de las infracciones.

Artículo 95 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-13538

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-11.

Texto consolidado

1. Las infracciones en materia de servicios sociales tipificadas en esta ley prescribirán en los plazos siguientes:

a) Un año, en el caso de las infracciones leves.

b) Tres años, para las infracciones graves.

c) Cinco años, para las muy graves.

2. Dicho plazo comenzará a contar desde el día de comisión de la infracción. En el caso de infracción continuada, el cómputo del plazo se iniciará tomando como referencia la finalización de la conducta infractora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-11.

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