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Ley Vigente

Artículo 94. Sujetos responsables.

Artículo 94 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

1. Serán sancionadas por la comisión de las infracciones tipificadas en el presente título las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de las mismas, a título de dolo, culpa o mera inobservancia.

2. Los titulares de instalaciones deportivas, los representantes legales de las entidades deportivas y los organizadores de actividades deportivas serán responsables solidarios de las infracciones cometidas por personas a su servicio cuando incumplan el deber de prevenir la comisión de la infracción, sin perjuicio de las acciones de resarcimiento que resulten procedentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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