Artículo 94. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria.
Artículo 94 de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia. · BOE-A-2015-9230
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-03.
Texto consolidado
1. Si las personas responsables de la infracción no procediesen a la reparación o indemnización en la forma y plazo otorgados en la resolución, el órgano que dictó la resolución podrá acordar la imposición de multas coercitivas o la ejecución subsidiaria.
2. Las multas coercitivas serán reiteradas por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado, no pudiendo su importe ser superior a 1.000 euros.
3. La ejecución por la Administración de la reparación ordenada será a cargo del infractor.