Artículo 94. Delimitación de la forma jurídica para la participación en la competición profesional.
Artículo 94 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. · BOE-A-2022-24430
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
La participación en competiciones profesionales podrá realizarse a través de sociedades anónimas deportivas o clubes deportivos de acuerdo con lo previsto en el artículo 63, siempre que estén regularmente constituidos e inscritos en el registro deportivo correspondiente.