Artículo 93. Deontología profesional.
Artículo 93 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
El ejercicio de la profesión regulada de Arquitectura Técnica respetará las prescripciones del Código Deontológico de Actuación Profesional de la Arquitectura Técnica adecuado a la legislación aplicable, cuya redacción y aprobación corresponde al Consejo General, siendo de necesaria observancia en la organización colegial, sin perjuicio de las competencias que sobre esta materia tengan atribuidas las comunidades autónomas. El Código Deontológico será accesible por vía telemática a través de la Ventanilla Única.