Artículo 93. Concurrencia de peticiones para cubrir vacantes.
Artículo 93 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal. · BOE-A-2022-7184
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-24.
Texto consolidado
La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se resolverá por el siguiente orden:
a) Excedentes por cuidado de hijos, familiares, cónyuges o parejas de hecho o por razón de violencia de género.
b) Suspensos.
c) Rehabilitados.
d) Excedentes voluntarios.
Concurriendo dos o más de cada grupo, se atenderá a la antigüedad en la carrera.