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Decreto-ley Derogada

Artículo 93. Situaciones de intervención social inmediata.

Artículo 93 del Decreto-ley 7/2022, de 11 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15292

Atención: Decreto-ley 7/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se define como situación de intervención social inmediata aquélla en la que se encuentran familias con necesidades sociales provocadas por causas climáticas, catástrofe natural, incendios, inseguridad en la edificación del hogar y otras situaciones similares.

2. La declaración y acotación de situación de intervención social inmediata se realizará por el Consejo de Gobierno de las Illes Balears a propuesta de la consejería competente en materia de servicios sociales.

3. La declaración de un territorio en situación de intervención social inmediata obliga a que los servicios sociales comunitarios del municipio o municipios afectados trabajen en la aplicación de este tipo de ayudas bajo la coordinación de la consejería competente en materia de servicios sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-13.

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