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Real Decreto Vigente

Artículo 92. Vacantes extraordinarias en la Junta de Gobierno.

Artículo 92 del Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España. · BOE-A-2002-24906

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-22.

Texto consolidado

Cuando por fallecimiento, dimisión o cualquier otra causa que no sea la expiración del plazo para el que fueron elegidos, se produjeran vacantes en la Junta de Gobierno, que no sobrepasaran el 25 por 100 del total de sus miembros, sus puestos serán cubiertos por el resto de los componentes de la Junta, en el orden establecido en el articulo 85 de este Estatuto General, sin perjuicio de convocar elecciones para cubrir las vacantes, si así lo prevén los Estatutos del Colegio o lo deciden los miembros que permanecen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-22.

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