Artículo 91. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Artículo 91 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia. · BOE-A-1996-4716
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-02.
Texto consolidado
La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, muerte, prescripción de la falta o de la sanción.