Artículo 91. Gestión de la tesorería.
Artículo 91 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. · BOE-A-2007-9829
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
Las entidades a las que se refieren las letras e) y f) del artículo 2 de la presente Ley Foral someterán la gestión de sus fondos líquidos a las directrices y normas que eventualmente pueda dictar el Departamento de Economía y Hacienda a ese respecto.