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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 91. Régimen jurídico de las ECAC

Artículo 91 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears. · BOE-A-2014-655

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-16.

Texto consolidado

1. Las entidades colaboradoras en materia de actividades (ECAC) son entidades técnicas especializadas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia, que deben disponer de los medios materiales y personales, y también cumplir los requisitos de solvencia técnica y financiera establecidos por reglamento.

2. Las ECAC actúan con imparcialidad, confidencialidad y responsabilidad, y se sujetan al régimen de incompatibilidades que establece la normativa sectorial, con la finalidad de garantizar su independencia en el ejercicio de las funciones encomendadas.

3. Las ECAC están obligadas a suscribir pólizas de seguros que cubran los riesgos de su actividad en una cuantía mínima de dos millones de euros.

4. La valoración del cumplimiento de los requisitos que establece este artículo se lleva a cabo mediante el sistema de habilitación previsto en el artículo siguiente.

5. Para ser habilitado como ECAC se debe cumplir lo previsto en esta ley, además de tener la acreditación como organismo de control de acuerdo con la normativa estatal.

No obstante lo anterior, los colegios profesionales cuyos colegiados tengan las competencias profesionales descritas en los apartados anteriores se pueden constituir como ECAC, aunque no estén acreditados como organismos de control, siempre que cumplan con el resto de requisitos que establece esta ley.

6. Reglamentariamente se podrán regular los supuestos para la habilitación como ECAC de otras personas físicas o jurídicas que no estén acreditadas como organismo de control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-16.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-3914.

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