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Ley Vigente

Artículo 91. Prescripción de las sanciones.

Artículo 91 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco. · BOE-A-2019-7957

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-21.

Texto consolidado

Las sanciones leves prescribirán a los dos años, las graves a los tres años, y las muy graves a los cuatro años, contados en todo caso desde la firmeza de la resolución que resuelve el procedimiento sancionador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-21.

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