Artículo 90. Servicios de las empresas concesionarias de autopistas de peaje.
Artículo 90 de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2019-6772
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.
Texto consolidado
Las empresas concesionarias de autopistas de peaje de pago directo por parte de la persona consumidora están obligadas a garantizar la seguridad de las instalaciones y a informar en los accesos a la concesión sobre las incidencias que afecten a la fluidez y la seguridad del tráfico.